Las campanas de las iglesias y ermitas de Cáceres no podían tocar a determinadas horas en Cáceres, según orden del Ayuntamiento del año 1.932.
Y las campanas de Cáceres claro es, en función de dicha orden, dejaron de sonar durante un determinado tiempo y según las horas señaladas por el alcalde y concejales del Ayuntamiento, que firmaron la misma.
Cuenta, unos dicen que la historia, y otros que la leyenda, que el repique y el tañido de las campanas de las iglesias y ermitas de Cáceres, revolotea y se expande desde la Edad Media por todo el Casco Histórico-Monumental. Un sonido que, con sus encantos, va rebotando por las esquinas, mientras el rumor se pierde a medida que se va extendiendo hacia lo lejos.
Y también se cuenta que la suma de iglesias y ermitas, desde las iglesias de Santiago hasta San Mateo, pasando por las de Santa María y la Preciosa Sangre, y caminando por el Convento de San Pablo y el de Santa Clara, entre otras, claro es, son de señalado relieve en Cáceres.
Las campanas de las iglesias y ermitas de Cáceres siempre han sonado, según relata el paso del tiempo, con sus tonalidades y melodías. Unos tañidos que envuelven al Casco Histórico-Monumental en una música, acaso con marchamos especiales, en el corazón de la ciudad. Y han sonado, eso sí, de modo constante.
Corre el año 1932. Cuando el alcalde de entonces, Antonio Canales, da traslado a una propuesta de los concejales para que las diferentes iglesias conventos y establecimientos religiosos no pudiesen tocar las campanas desde la puesta de sol hasta las 08 horas y durante el tiempo de siesta, entre las 12,00 y las 16,00 horas.
Todo, al parecer, por las quejas del vecindario harto y cansado de padecer la molestia continuada del incesante ruido de las campanas, sonando, tañendo y repiqueteando una y otra vez. Eso sí, añadamos, y con más profusión en las llamadas a misa.
La ordenanza de Antonio Canales fue enviada, pues, con las diligencias previas, a los responsables de las diferentes parroquias advirtiéndoles de que «su desobediencia podría acarrear sanciones».
Un documento de relieve con el añadido de que «se trata de un hecho inaudito en una ciudad con una importante presencia eclesiástica desde la Edad Media».
La notificación se envió a las cuatro parroquias de la ciudad, además de a la iglesia de San Eugenio, colegio de las Concepcionistas, Siervas de María, Colegio de Cristo Rey, convento de San Pablo, Preciosa Sangre, Presidente de la Diputación (Organismo responsable del hospicio de San Francisco), Hermanitas de los Pobres, Santa Clara, Colegio Santa Cecilia, Padres Franciscanos, Hermanas Trinitarias y a la superiora de la Cunita del Niño Jesús.
La primera de las fotografías es del campanario del Convento de San Pablo y la segunda es el documento que prohíbe tocar las campanas a horas intempestivas en Cáceres, firmado por el alcalde y los concejales.
NOTA: La primera fotografía está captada del blog minube, la segunda es la firma del alcalde y los concejales notificando la prohibición de tocar las campanas a determinadas horas y la tercera es de la página www.pueblos.espana,org.
LAS CAMPANAS DE CACERES NO PODIAN TOCAR.. EN 1932 by JUAN DE LA CRUZ GUTIÉRREZ GÓMEZ is licensed under a Creative Commons Reconocimiento-NoComercial 4.0 Internacional License.